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Ubicación

Calle José María Paz 1000, Ituzaingó, Bs.As. G.B.A. Oeste

Características del inmueble

Superficie total
60 m²
Superficie cubierta
60 m²
Baños
1

Descripción

Corredor Responsable: Silvana Inés Palini CMCPM 2955 CPI 8862 -
Contacto: Barbara Bustamante
VENTA DE FONDO DE COMERCIO AGENCIA OFICIAL DE LOTERÍA DE LA PROVINCIA ITUZAINGÓ CENTRO COMERCIAL, ANTIGUEDAD EN EL RUBRO, CARTERA FIDELIZADA.

UBICACIÓN ESTRATÉGICA:

Ubicado sobre la calle JOSÉ MARÍA PAZ, CENTRO COMERCIAL muy concurrido, sobre una arteria clave que conecta el ACCESO OESTE con el centro de Ituzaingo. Zona de ALTÍSIMO TRÁNSITO PEATONAL Y VEHICULAR, rodeada de comercios, bancos, paradas de colectivo y excelente visibilidad.

SE VENDE FONDO DE COMERCIO AGENCIA OFICIAL DE LOTERÍA DE LA PROVINCIA
Negocio en funcionamiento, con TRAYECTORIA COMERCIAL COMPROBADA y CLIENTELA FIDELIZADA. Excelente oportunidad para continuar una actividad activa y con rentabilidad estable.

¿QUÉ INCLUYE LA OPERACIÓN?

FONDO DE COMERCIO COMPLETO Y HABILITADO

EQUIPAMIENTO FUNCIONAL para operar de inmediato

CARTERA DE CLIENTES activa

POSICIONAMIENTO COMERCIAL establecido en la zona


CONTRATO DE ALQUILER

El LOCAL SE ENTREGA CON CONTRATO DE LOCACIÓN POR 3 AÑOS, garantizado con condiciones claras ya acordadas con la propiedad. Ideal para dar continuidad al negocio sin preocupaciones por la locación.

OPORTUNIDAD PARA:

Inversionistas que buscan un NEGOCIO RENTABLE CON BAJO RIESGO

Emprendedores que quieran ingresar al RUBRO DE LOTERÍA CON TRAYECTORIA

Comerciantes que valoren una UBICACIÓN PREMIUM con flujo asegurado

REQUISITOS LEGALES R.P.O.

El POSTULANTE deberá cumplir con la documentación requerida por los Artículos 6 y 15 del R.P.O. y, una vez firmado el Acto Administrativo, deberá abonar el canon por transferencia (si correspondiere) requerido por el Art. 23.

ART. 6 INSCRIPCIÓN COMO AGENTE DE LOTERÍA:
Establece los requisitos básicos que debe cumplir el postulante para ser considerado apto (edad, residencia, antecedentes, etc.).

ART. 15 PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN:
Detalla toda la documentación necesaria (DNI, CUIT, constancias impositivas, etc.) y el plazo para su presentación ante el organismo regulador.

ART. 23 CANON POR TRANSFERENCIA:
En caso de transferencia del fondo de comercio, se podrá exigir el pago de un canon económico por parte del nuevo titular, como condición para autorizar el cambio de titularidad.

CONSULTANOS PARA MÁS INFORMACIÓN
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Remax Argentina S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que Remax Argentina S.R.L no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
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